
La Audiencia Provincial de Vizcaya confirma la nulidad de la marca que reproducía el logotipo de Bitcoin
En mayo de 2024, el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao dictó sentencia, por la que se declaraba la nulidad de la marca 4.046.141 que reproducía el logotipo diseñado y publicado por el usuario anónimo “bitboy” en el foro bitcointalk.org y con el que popularmente se identifica Bitcoin.
El titular de la marca recurrió la sentencia y ahora la Audiencia Provincial de Vizcaya confirma íntegramente la resolución del Juzgado y, por tanto, la nulidad de la marca, considerando que la marca se registró de mala fe y que infringía los derechos de propiedad intelectual sobre el diseño registrado como marca.
En cuanto a la mala fe, la Audiencia Provincial destaca que la marca registrada estaba basada “en un diseño preexistente de la comunidad de internet”, como acredita la prueba documental obrante en autos y particularmente el informe pericial presentado donde se indica que “término “Bitcoin” identifica la tecnología que permite el almacenamiento y transmisión de valor, puesta en conocimiento público por “Satoshi Nakamoto” en el “White paper” del 31 de octubre de 2008. El dominio bitcoin.org se registró en agosto de 2008 de manera anónima”. A lo que añadir que tanto el logotipo como su combinación con el término “bitcoin” fueron creados por un usuario del foro Bitcointalk.org el 1 de noviembre de 2010. Y que los derechos sobre estas imágenes fueron cedidos a la comunidad bajo una licencia Creative Commons de dominio público.”
Concluye así la sentencia con que “a fecha del registro del signo distintivo por el demandante, “bitcoin” ya era conocido y el demandante registró una obra ajena, protegida por la normativa de propiedad intelectual y que forma parte del dominio público.”
La Audiencia considera que “como se ha acreditado, quien creó el logotipo lo cedió a la comunidad para un uso libre y sin restricción, prohibiendo expresamente que cualquiera se apropiara del logotipo para fines comerciales. Por ello, el reproche a la parte apelante es de mala fe ya que ha actuado con abuso de confianza al registrar el logotipo para sus fines comerciales, aprovechándose de la reputación ganada por el creador del logotipo. El apelante no es el creador del logotipo ni se le autorizó su uso y actúa en contra de las prácticas leales en el mercado.”
En cuanto a la infracción de los derechos de propiedad intelectual, la Audiencia señala que “la sentencia de instancia acertadamente, considera que el logotipo registrado como marca es una creación ajena al apelante y que está protegida por la Ley de Propiedad Intelectual, y que su registro incurre en la causa de nulidad del artículo 52 en relación con el 9.1.c) de la Ley de Marcas… El juzgador de lo mercantil efectúa un análisis probatorio acorde con la prueba obrante en las actuaciones y conforme a la normativa, con cita de la relevante sentencia de la AP de Madrid ( SAP de Madrid, secc. 28.a, de 1 de septiembre de 2022) en relación con el “creative commons” y hemos de concluir como se hace en la instancia “ el derecho de autor nace de la creación, no de un registro, llevado a cabo”.
El equipo jurídico de Bit2Me, liderado y coordinado por Javier Maestre, con el apoyo del área de compliance y legal de la compañía y el despacho de abogados DataBitLaw, ha llevado el caso en representación de Bit2Me, para obtener una resolución judicial que contribuye a la protección de los signos distintivos que identifican a Bitcoin, a fin de que nadie pueda hacer un uso exclusivo de los mismos, como defiende la iniciativa de bitboydefense.
LeerEl Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao declara la nulidad de una marca que reproducía el logotipo de Bitcoin
En una decisión que presenta una enorme trascendencia para la comunidad Bitcoin, el Juzgado declara la nulidad de la marca 4.046.141 que reproducía el logotipo diseñado y publicado por el usuario anónimo “bitboy” en el foro bitcointalk.org y con el que popularmente se identifica Bitcoin. (más…)
LeerEntrevista con Lord Draugr sobre los NFTs de Tarantino
Miramax ha demandado a Quentin Tarantino por su intención de vender unos NFTs de ciertos elementos relacionados con el guión de Pulp Fiction. En esta charla tratamos a fondo con Lord Draugr los motivos de esta demanda y reflexionamos sobre los NFTs y las criptomonedas.
Leer¿Qué adquiero cuando compro un NFT?
Introducción a los NFTs
Los Tokens No Fungibles o NFT (siglas en inglés del término “Non Fungible Token”) están dando mucho que hablar últimamente y llevaba tiempo buscando un hueco para estudiar el fenómeno y poder comentarlo. Como sucedió con el humo de blockchain, con las ICOs y la promiscua proliferación de criptomonedas del más amplio y variado pelaje, los NFT generan unas expectativas que, por momentos, pueden llegar a superar sus posibilidades reales de un uso concreto, sensato y útil. Hasta conocidos youtubers se están subiendo al tren. (más…)
LeerA ver cómo nos lo montamos: a vueltas con las DAOs
RootedPanel celebrado en la #Rooted2020.
Desde sus orígenes, el hombre ha tenido que dar respuesta a la necesidad de organizarse en sociedad y repartirse tareas dentro de su comunidad. En la actualidad, entre el creciente intervencionismo de un Estado que ve como su autoridad peligra en la sociedad globalizada y el neofeudalismo al que pueden dar lugar las grandes corporaciones, las DAOs se antojan como posibles islas de empoderamiento del individuo, frente a las entidades públicas y privadas, y como un paso más en el proceso de evolución institucional. En el panel se analizan los retos, amenazas y posibilidades que ofrece esta forma de organizarse. Dirigido por Javier Maestre Rodríguez y con la participación de Cristina Carrascosa Cobos, Félix Moreno y Pablo Fernández Burgueño.
LeerNombres de dominio con contenido pornográfico e infracción al honor
Registrar un dominio con nombre ajeno y redirigirlo a una página porno no supone infracción al honor.
Esta es la consecuencia que se extrae de la Sentencia nº 332/2018, de fecha 28 de junio, dictada por la Audiencia Provincial de Navarra en un curioso caso de nombres de dominio. El conflicto enfrentaba a dos empresas competidoras en el mercado de servicios médicos y una de ellas registró el nombre de la otra bajo .com (era el mismo nombre que usaba la empresa pero bajo el .es) para redirigir el dominio a una popular página de contenido pornográfico: www.pornhub.com.
LeerLas restricciones por geolocalización (geobloqueo) en el Mercado Único Europeo
Una de las principales ventajas de Internet, su carácter global -o más bien no territorial-, que por momentos desafía y derrota a las fronteras físicas, supone también una desventaja cuando se trabaja sobre el terreno que al final acabamos pisando todas personas; especialmente para los gobiernos, que intentan imponer el cumplimientos de sus normas, con enormes diferencias entre unos territorios y otros, y para las empresas, que intentan imponer condiciones de venta diferenciadas según el territorio, para maximizar sus beneficios, dando lugar así a una compartimentación de Internet, levantando muros donde antes no los había. (más…)
LeerLa portabilidad de los servicios de contenidos digitales
Entrevista para la revista Themis sobre la normativa europea que regula la portabilidad de servicios de contenidos digitales.
Leer
Absolución por venta de accesorios para eludir medidas de protección de consolas
El juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid absuelve al administrador de una empresa que distribuía accesorios para consolas como la Nintendo DS que conseguían eludir las medidas implantadas por las compañías fabricantes para limitar las posibilidades de uso de las mismas. La Sentencia tiene numerosos aspectos interesantes entre los que destacamos los siguientes:
En primer lugar determina la nulidad de una entrada y registro que se practicó en un almacén anexo al establecimiento abierto al público, que no era de libre acceso, considerando que para haber practicado dicha diligencia era necesario obtener una orden de entrada y registro. (más…)
LeerLa venta de medicamentos por Internet
Entrevista en ONDA CERO, para el programa Valencia en la Onda, para hablar sobre la piratería y la venta de medicamentos por Internet.
InterviewLeer
La responsabilidad de los prestadores de servicios de la Sociedad de la Información y el concepto de público nuevo
Artículo sobre la responsabilidad de los prestadores de servicios de la sociedad de la información y el concepto de público nuevo en relación con infracciones de propiedad intelectual, publicado en el nº 49 de la Revista Derecho y Sociedad.
Texto del artículo completo en pdf. This article deals with the responsibility of the information society service providers and the concept of new public in relation to intellectual property infringements.
LeerEl TJUE se pronuncia sobre la legalidad de The Pirate Bay
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado Sentencia en el asunto C-610/15 Stichting Brein, que se pronuncia sobre la eventual legalidad de la plataforma conocida como “The Pirate Bay” (TPB), nombre con el que también se identifica este caso.
El litigio original holandés enfrentaba a Stichting Brein, una entidad de gestión de derechos de autor, con dos proveedores holandeses de acceso a Internet (Ziggo BV y XS4ALL Internet BV), a los que se les reclamaba que bloquearan los nombres de dominio y las direcciones IP de la plataforma “The Pirate Bay”, que al parecer no es parte en el procedimiento.
El tribunal holandés plantea al TJUE si la actividad desarrollada por “The Pirate Bay” puede considerarse un acto de comunicación pública en los términos de la Directiva 2001/29/CE. El tribunal responde afirmativamente a esta pregunta, estimando que, en circunstancias como las del litigio principal, la puesta a disposición y la gestión en Internet de una plataforma de intercambio que, al indexar metadatos relativos a obras protegidas y proporcionar un motor de búsqueda, permite a los usuarios de esa plataforma localizar dichas obras e intercambiarlas en una red entre pares (peertopeer), debe considerarse como un acto de comunicación pública. (más…)
Leer