Análisis del borrador de Reglamento de la Unión Europea sobre Mercados de Criptoactivos (MiCA) 1. Conceptos
Índice
1.- Introducción
Recientemente se ha publicado un borrador del Reglamento Europeo sobre Mercados de Criptoactivos (MiCA) (COM(2020)593) que va a suponer un tremendo cambio en el panorama legislativo europeo de las criptomonedas, criptoactivos si usamos la terminología que maneja el legislador[1].
En el memorándum explicativo se indica que la propuesta apoya un enfoque holístico de la blockchain y las tecnologías de registro distribuido (DLT, siglas en inglés de Distributed Ledger Technologies), es decir, pretende establecer una regulación integral de lo que denomina “criptoactivos”.
Los cuatro objetivos principales que se mencionan en el memorándum (pág. 2) parecen loables, a saber: 1.- creación de un marco legal sólido, 2.- apoyar la innovación, 3.- garantizar la estabilidad financiera y 4.- establecer mecanismos de protección al consumidor e inversor. Por desgracia, la desfachatez e hipocresía de nuestros políticos hacen que, cada vez más a menudo, las exposiciones de motivos de nuestras normas escondan sus verdaderas intenciones, o que incluso expresen lo contrario a lo que se pretende, de forma que estos meritorios objetivos bien pudieran ser a los que conduce la pastilla azul[2], y que la roja nos muestre, en cambio, la imposición de fuertes barreras de entrada a los mercados relacionados con criptoactivos mediante un espeso manto (168 folios) de requerimientos burocráticos, financieros y técnicos, desincentivando así la innovación, para prolongar la agónica configuración del sistema financiero actual (proteger a los bancos), utilizando como excusa la protección a ciudadanos, dado que estos son muy torpes para saber lo que les conviene.
Y como muestra un botón. El memorándum explicativo hace una reflexión sobre las dificultades que tienen los negocios sobre criptoactivos para acceder a determinados servicios en la actualidad, cuando sostiene en la pág. 4 que “la falta de regímenes aplicables a los proveedores de servicios de criptoactivos en muchos Estados miembros limita la disponibilidad de financiación y, a veces incluso, un acceso más amplio a servicios financieros necesarios, como los servicios bancarios, debido a la incertidumbre regulatoria asociada con los criptoactivos y, por tanto, con los proveedores de servicios sobre criptoactivos.” Es decir, vincula las dificultades de acceso a servicios bancarios con la falta de una regulación, cuando, como cualquier persona vinculada con el sector sabe a ciencia cierta, los bancos, aunque se muestran prestos a vender todo el humo de blockchain que pueden, especialmente si está financiando con el dinero de todos, no permiten a los negocios legítimos de criptomonedas hacer uso del sistema bancario[3]. Algo que en Chile ha dado lugar a un litigio de buda.com contra los bancos[4], por el que, en sede cautelar, se vieron obligados a reabrir las cuentas que le habían cerrado.
LeerA ver cómo nos lo montamos: a vueltas con las DAOs
RootedPanel celebrado en la #Rooted2020.
Desde sus orígenes, el hombre ha tenido que dar respuesta a la necesidad de organizarse en sociedad y repartirse tareas dentro de su comunidad. En la actualidad, entre el creciente intervencionismo de un Estado que ve como su autoridad peligra en la sociedad globalizada y el neofeudalismo al que pueden dar lugar las grandes corporaciones, las DAOs se antojan como posibles islas de empoderamiento del individuo, frente a las entidades públicas y privadas, y como un paso más en el proceso de evolución institucional. En el panel se analizan los retos, amenazas y posibilidades que ofrece esta forma de organizarse. Dirigido por Javier Maestre Rodríguez y con la participación de Cristina Carrascosa Cobos, Félix Moreno y Pablo Fernández Burgueño.
LeerCharleta jurídica sobre blockchain, bitcoins y criptomonedas
¿Cuál es la naturaleza jurídica del bitcoin?
¿Qué es el dinero?
¿Es el bitcoin dinero?
Esas y otras preguntas analizadas por Cristina Carrascosa, David Maeztu y Javier Maestre, bajo la batuta de Jorge Campanillas.
LeerClasificación de criptoactivos en Malta y Reino Unido
Legal framework of Cryptoassets in United Kingdom & Malta (December 2019)
LeerCajeros de bitcoins y el blanqueo de capitales
En el mes de mayo de 2019 se hizo pública la denominada operación “Kampuzo”, en la que agentes de la Guardia Civil, por primera vez en Europa, intervinieron físicamente dos cajeros automáticos de Bitcoins, aunque la Benemérita indicó en su nota de prensa que sus “empresas propietarias están al margen de las investigaciones”. Pero a pesar de ello, lo cierto es que se han quedado por un tiempo indeterminado, presumiblemente años, sin sus cajeros y no hubiera sido de extrañar que hubieran metido a los responsables de los cajeros en el mismo saco que a los criminales detenidos.
LeerEl crimen perfecto, con bitcoins
“El único crimen perfecto no es aquel que queda sin resolver, sino el que se resuelve con un falso culpable.”
De la película “Los crímenes de Oxford” https://youtu.be/8yHM-KdEh-U?t=47
En efecto, no hay mejor crimen que aquel en que “el marrón” se lo come otro. Un crimen donde queda pendiente su autoría es una espada de Damocles que en cualquier momento puede caer sobre el verdadero culpable, pues como se indica en la película, “cualquier coartada contiene un elemento de falsedad que, con paciencia, es posible descubrir”. En cambio, si la responsabilidad criminal recae sobre otro es mucho más fácil sustraerse de forma definitiva a la acción de la Justicia. (más…)
LeerEl Tribunal Supremo se pronuncia por primera vez sobre los bitcoins, confirmando una condena por estafa
En su Sentencia nº 326/2019, de 20 de junio, el Tribunal Supremo confirma la dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que por primera vez en España establecía una condena por un caso de estafa con bitcoins.
La Sentencia de la Audiencia Provincial consideraba al acusado como autor criminalmente responsable de un delito continuado de estafa, imponiendo la obligación de indemnizar a las víctimas en el valor de la cotización del bitcoin en el momento de la finalización de cada uno de los contratos que cada una tenía con el acusado.
Dicha sentencia fue recurrida tanto por el condenado como por la acusación particular, y el Tribunal Supremo desestima todos los recursos interpuestos confirmando la sentencia dictada por la Audiencia Provincial.
Es la primera vez que el Tribunal Supremo español tiene ocasión de pronunciarse sobre la primera y más importante criptomoneda, el bitcoin. (más…)
LeerLas ICOs (Initial Coin Offering) y sus implicaciones legales
Las denominadas ICOs, o Initial Coin Offering, que podemos traducir como “Oferta Inicial de Monedas”, suponen la última herramienta de moda surgida de la tecnología “blockchain” (cadena de bloques) que subyace a la mayoría de las criptomonedas como Bitcoin o Ethereum. Una herramienta versátil susceptible de muchos y variados usos.
Su nombre evoca al de otras figuras ya conocidas, como las “Ofertas Públicas de Venta” (OPV), o Initial Public Offering (IPO) en inglés, pero como destaca ALEX PREUKSCHAT en su artículo “El gran casino de las ICOs en el ecosistema Blockchain”, las ICOs difieren bastante de las Initial Public Offering (IPO) y puede dar lugar a confusión, pues son una herramienta que permite muchas más posibilidades que la clásica OPV y en principio no supone convertirse en “dueño” de la empresa que esté detrás de la ICO. (más…)
LeerHacienda requiere información sobre criptomonedas
Hace unas semanas se hizo público que la Agencia Tributaria estaba requiriendo a unas 60 empresas información sobre las operaciones realizadas con criptomonedas y ya están analizando la información que se está obteniendo con estos requerimientos. Nosotros hemos sido uno de los agraciados con esta pedrea y hemos recibido el correspondiente requerimiento del que a continuación transcribimos la parte principal: (más…)
LeerPrimera condena en España por estafa con Bitcoins First conviction in Spain for fraud with Bitcoins
La Audiencia Provincial de Madrid dicta la primera sentencia en España de condena por estafa en productos de inversión relacionados con “trading” de bitcoins.
Actualización 2/7/2019. El Tribunal Supremo confirma la sentencia.
A continuación el texto de la Sentencia de la Audiencia Provincial. (más…)
LeerBITCOINS. IVA y normativa sobre servicios de pago y blanqueo de capitales
Poco a poco se van despejando algunas de las dudas que se ciernen sobre los negocios relacionados con Bitcoins.
Recientemente, gracias a Alejandro Gómez de la Cruz hemos tenido conocimiento de la Resolución de la Dirección General de Tributos por la que se responde a la consulta vinculante nº V1029-15. En dicha Resolución, de una importancia capital para los empresarios relacionados con las monedas virtuales, se llega a afirmar que las transmisiones de bitcoins son operaciones exentas de IVA, al constituir estos “efectos comerciales” que actúan como “medios de pago.”
Es decir, el Bitcoin no está sujeto a IVA por ser un “medio de pago”. De esta conclusión puede extraerse dos noticias, una buena y otra mala. (más…)
LeerEl informe del Ministerio de Hacienda británico sobre las monedas digitales y bitcoins
El Ministerio de Hacienda del Reino Unido (Her Majesty’s Treasury) ha hecho público un informe sobre las monedas digitales emitido en respuesta a una petición pública de información que había efectuado.
El informe no ha sido acogido de forma unánime por los empresarios y usurarios relacionados con el bitcoin y las monedas digitales, pues es cierto que contiene previsiones un tanto inquietantes.
El trabajo se sitúa en la misma línea que el anterior informe emitido por el Banco Central Europeo, pero si acaso parece ir un poco más allá.
Tras reconocer en abstracto las ventajas de la tecnología que subyace a estas monedas, el informe subraya que el Gobierno, en respuesta a la situación actual, tiene la intención de aplicar la normativa sobre blanqueo de capitales a los intercambios de moneda digital, para promover la innovación y la protección contra la utilización criminal, de forma que se prevén consultas para llevarlo a acabo.
“In response, the government intends to apply anti-money laundering regulation to digital currency exchanges, to support innovation and prevent criminal use. The government is committing to a full consultation on the proposed regulatory approach early in the next Parliament. The consultation will seek views and evidence on key questions including how antimoney laundering regulation should be applied to the digital currencies sector, the scope of the regulatory perimeter and the identity of the regulator.”
Y adelanta el objetivo de la regulación que se avecina: identificar y procesar a la actividad delictiva relacionada con las monedas digitales, incluyendo la posibilidad de embargar y decomisar digitales fondos de divisas donde las transacciones son con fines delictivos.
“As part of the consultation on the proposed regulatory approach, the government will look at how to ensure that law enforcement bodies have effective skills, tools and legislation to identify and prosecute criminal activity relating to digital currencies, including the ability to seize and confiscate digital currency funds where transactions are for criminal purposes.”
A estos efectos, se hace especial hincapié en que las monedas digitales tienen riesgos para el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
“The Financial Action Task Force (FATF) has noted the legitimate uses of digital currencies, and identified characteristics of digital currencies that present potential anti-money laundering and counter-terrorist financing risks.”
El informe acaba refiriéndose a un trabajo hecho público en febrero por el Banco de Inglaterra, donde se indica que en su agenda de investigación está la posibilidad de creación de monedas virtuales por parte de los bancos centrales.
“the Bank of England announced it will undertake research on central bank-issued digital currencies as part of its new research agenda. This work covers the potential costs and benefits of doing so as well as the economic impact, technological requirements and necessary regulations for a central bank-run system.”
El Ministerio de Hacienda del Reino Unido (Her Majesty’s Treasury) ha hecho público un informe sobre las monedas digitales emitido en respuesta a una petición pública de información que había efectuado.
El informe no ha sido acogido de forma unánime por los empresarios y usuarios relacionados con el bitcoin y las monedas digitales, pues es cierto que contiene previsiones un tanto inquietantes.
El trabajo se sitúa en la misma línea que el anterior informe emitido por el Banco Central Europeo, pero si acaso parece ir un poco más allá en sus conclusiones.
Tras reconocer en abstracto las ventajas de la tecnología que subyace a estas monedas, el informe subraya que el Gobierno, en respuesta a la situación actual, tiene la intención de aplicar la normativa sobre blanqueo de capitales a los intercambios de moneda digital, para promover la innovación y la protección contra la utilización criminal, de forma que se prevén consultas para llevarlo a acabo.
“In response, the government intends to apply anti-money laundering regulation to digital currency exchanges, to support innovation and prevent criminal use. The government is committing to a full consultation on the proposed regulatory approach early in the next Parliament. The consultation will seek views and evidence on key questions including how antimoney laundering regulation should be applied to the digital currencies sector, the scope of the regulatory perimeter and the identity of the regulator.”
Y adelanta el objetivo de la regulación que se avecina: identificar y procesar a la actividad delictiva relacionada con las monedas digitales, incluyendo la posibilidad de embargar y decomisar fondos de divisas digitales donde las transacciones se efectúen con fines delictivos.
“As part of the consultation on the proposed regulatory approach, the government will look at how to ensure that law enforcement bodies have effective skills, tools and legislation to identify and prosecute criminal activity relating to digital currencies, including the ability to seize and confiscate digital currency funds where transactions are for criminal purposes.”
A estos efectos, se hace especial hincapié en que las monedas digitales tienen riesgos para el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
“The Financial Action Task Force (FATF) has noted the legitimate uses of digital currencies, and identified characteristics of digital currencies that present potential anti-money laundering and counter-terrorist financing risks.”
El informe acaba refiriéndose a un trabajo hecho público en febrero por el Banco de Inglaterra, donde se indica que en su agenda de investigación está la posibilidad de creación de monedas virtuales por parte de los bancos centrales.
“the Bank of England announced it will undertake research on central bank-issued digital currencies as part of its new research agenda. This work covers the potential costs and benefits of doing so as well as the economic impact, technological requirements and necessary regulations for a central bank-run system.”
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