El crimen perfecto, con bitcoins
“El único crimen perfecto no es aquel que queda sin resolver, sino el que se resuelve con un falso culpable.”
De la película “Los crímenes de Oxford” https://youtu.be/8yHM-KdEh-U?t=47
En efecto, no hay mejor crimen que aquel en que “el marrón” se lo come otro. Un crimen donde queda pendiente su autoría es una espada de Damocles que en cualquier momento puede caer sobre el verdadero culpable, pues como se indica en la película, “cualquier coartada contiene un elemento de falsedad que, con paciencia, es posible descubrir”. En cambio, si la responsabilidad criminal recae sobre otro es mucho más fácil sustraerse de forma definitiva a la acción de la Justicia.
Desde hace ya algún tiempo se habla de las estafas que se comenten con ocasión de las criptomonedas, donde en la mayoría de los casos, bajo una apariencia de negocio de inversión, los estafadores se quedan con los fondos ajenos, como por ejemplo en el caso resuelto por el Tribunal Supremo en su Sentencia nº 326/2019, de 20 de junio. Pero las criptomonedas son también usadas de otras maneras para cometer estafas de una forma más elaborada que, además, consigue en ocasiones engañar también a los jueces ofreciéndoles un falso culpable para pagar los platos rotos, haciendo así que el crimen sea perfecto.
Ese es el caso analizado por la Audiencia Provincial de Pamplona en su Sentencia n.º 184/2019, de fecha 23 de julio, que revoca la sentencia condenatoria que dictó el Juzgado de instancia, que en un primer momento cayó en el engaño pergeñado por los estafadores.
El modus operandi de la estafa en este tipo de casos obedece al siguiente esquema:
1.- El estafador publica un anuncio del alquiler de un inmueble en la plataforma de milanuncios usando previsiblemente datos falsos que luego sean difíciles o imposibles de rastrear.
2.- La víctima atiende el anuncio y proporciona al estafador sus datos reales.
3.- Usando los datos reales de la víctima y haciéndose pasar por ella, crea una cuenta en LocalBitcoins y atiende un anuncio de venta de bitcoins de quien finalmente acaba siendo acusado: el falso culpable.
4.- El propietario de los bitcoins y a la postre falso culpable proporciona al estafador su n.º de cuenta donde hacer el ingreso en Euros de los bitcoins que se pretenden comprar. El estafador proporciona ese número de cuenta a la víctima.
5.- La víctima transfiere el dinero a la cuenta del falso culpable cuyos datos le ha dado el estafador.
6.- Cuando el dueño de los bitcoins comprueba que ha recibido el dinero transfiere los bitcoins al estafador en el monedero que este le haya indicado. No hace falta decir que la transferencia de los bitcoins es irrevocable y no tiene marcha atrás, y en ese momento, cuando el estafador ya tiene los bitcoins, desaparece del mapa.
La víctima entonces ya no puede contactar con quien le alquilaba la casa y, obviamente, cuando se da cuenta de que se ha quedado sin casa y sin dinero, presenta la correspondiente denuncia.
En esa denuncia, el dato más fiable, en cuanto a su realidad, es el n.º de cuenta donde se ha ingresado el dinero, dado que detrás de la cuenta hay una persona perfectamente identificable, teniendo en cuenta que los datos proporcionados por el verdadero estafador, tanto en la plataforma milanuncios como en LocalBitcoins, son falsos y conducen a un callejón sin salida.
Debería resultar evidente que no tiene sentido considerar que el dueño de los bitcoins y el estafador sean la misma persona. Ello implicaría que el mismo individuo abre una cuenta en milanuncios con datos falsos y dos cuentas en LobalBitcoins, una en calidad de comprador (con datos de la víctima) y otra en calidad de vendedor (con datos reales). No hace falta pensar mucho para llegar a la conclusión de que si esa fuese la realidad, al estafador se le pillaría rápidamente con los datos de la cuenta bancaria donde se recibe el dinero y los datos reales asociados a la misma.
Pero claro, lo fácil es seguir la pista del dinero y, dado que el único dato real con el que se cuenta, aparte de los de la víctima, son los de la cuenta bancaria, endilgar a su titular la comisión del delito sin más miramientos y sin entrar a valorar, acaso por desconocimiento, que a cambio del dinero recibido, esa persona entregó bitcoins de los que era dueño.
En el caso analizado, el Juzgado de primera instancia cayó en esta trampa y consideró como estafador al falso culpable. Afortunadamente, la Audiencia Provincial de Pamplona no ha cometido el mismo error y ha acabado absolviendo a quien no era sino un mero instrumento para la comisión del delito que, por desgracia, ha acabado quedando impune.
Y hay más casos por el estilo, aún pendientes de una resolución definitiva, que son incluso más elaborados y complejos que el aquí analizado y que ya tendremos ocasión de comentar.
Todo ello nos lleva fundamentalmente a dos reflexiones. La primera, que nuestros jueces y fiscales requieren una formación adecuada en cuestiones tecnológicas, y específicamente en materia de criptomonedas, pues estas no son el bicho raro que muchas personas consideran vinculadas únicamente con actividades ilegales. Los estafadores son oportunistas que aprovechan cualquier recurso a su alcance y el desconocimiento o ignorancia de muchas personas. Estafas como la aquí comentada pueden realizarse con dinero en efectivo, Paypal o cualquier otro sistema de pago, como mediante tarjetas de crédito, como de hecho le pasó previamente a la víctima de este caso que, según se recoge en la propia sentencia, había hecho previamente un ingreso en una tarjeta prepago italiana. El hecho de que alguien opere con bitcoins no debe implicar una criminalización prejuiciosa, en la que seguramente cayó el Juzgado de instancia en el caso analizado, que prescindió por completo de analizar la operación de venta de bitcoins para considerar así al vendedor de la criptomoneda como el estafador, cuando en realidad no era más que un instrumento para la comisión del delito.
De otro lado, y con independencia de si se usan criptomonedas o no, es preciso poner de manifiesto que conviene extremar las precauciones en estas plataformas que, como milanuncios o LocalBitcoins, se limitan a poner en contacto a compradores y vendedores, pues, por mucho AML y KYC que imponga la normativa, estos mecanismos no son del todo perfectos y en ocasiones incluso contribuyen a estas estafas, pues mediante páginas que suplantan iniciativas legales los estafadores consiguen hacerse con datos y documentos de los usuarios para perpetrar sus fechorías, de forma que cualquiera corre el riesgo de convertirse en víctima o en falso culpable de crímenes perfectos.
Comentario de Pablo de Romero en publico.es.[:en]Article only available in Spanish.
La policia y la banca son otros solapadores de estos crimenes. Están operando con total ignorancia y sin colaborar con la investigación. Después de años es que se logra dilucidar el asunto, dando de esta forma la oportunidad al delincuente de seguir campante en su marcha delictiva. Una simple llamada al falso culable, bastaría para aclarar rapidamente la situación.